Testamento, ¿Qué es?

Sin testamento. 7 cosas que debes saber si no hay testamento

Cuando una persona muere, es muy común que le sobrevivan familiares, hijos, esposa, nietos, etc.  Y la gran pregunta es qué pasa con la herencia, qué pasa con los bienes, la casa, el negocio, el automóvil, incluso la empresa y hasta las acciones de las mismas.

Sin testamento. Cuando una persona muere, es muy común que le sobrevivan familiares, hijos, esposa, nietos, etc.  Y la gran pregunta es qué pasa con la herencia, qué pasa con los bienes, la casa, el negocio, el automóvil, incluso la empresa y hasta las acciones de las mismas.

En este texto trataré de enfocarme en responder las preguntas más frecuente que me hacen mis clientes en Consulta respecto a la Herencia y el Testamento.

¿SE PUEDE HEREDAR SIN TESTAMENTO?

SÍ. Se puede heredar sin testamento.

La pregunta no es si se puede, sino cómo se accede a esa herencia.

Tenemos entonces que existen dos vías: hacerlo ante un notario público o ante un juez.  ¿Qué cuál es la diferencia?

NOTARIO PÚBLICO

En México, el notario público no tiene la facultad de abrir un testamento por sí mismo. Su papel es recibir, protocolizar y resguardar el testamento, pero no abrirlo sin la presencia y autorización de la persona fallecida. La apertura del testamento generalmente ocurre después del fallecimiento del testador y sigue un procedimiento legal específico.

Ahora bien, existen algunos estados que permiten que los Notarios Públicos realicen la repartición de los bienes, siempre y cuando no haya controversia, los casos más comunes son cuando solo hay un heredero o cuando son pocos (2 o 3) y se ponen de acuerdo en la repartición de los bienes.  Al no haber conflicto entre los herederos, no hay controversia, entonces podríamos ahorrarnos avisarle al juez para que resuelva, ya que no hay nada que resolver.

NO HAY TESTAMENTO Y TAMPOCO HAY ACUERDO ENTRE LOS HEREDEROS

Este caso en especifico es el más común.  Una vez que alguien fallece, resulta que tiene bienes inmuebles y muebles, pero no hizo testamento, peor aún, los potenciales herederos no se ponen de acuerdo con la repartición de esos bienes. 

En este ejemplo concreto, se tiene que dar inicio a un juicio INTESTAMENTARIO, que quiere decir que tenemos que avisarle al juez que la persona que murió tenia bienes, y que esos bienes se tienen que repartir entre sus herederos, de esta manera, el juez abre el juicio y estudia cada una de sus etapas, que son:

  1. Solicitud ante el juez: El proceso generalmente comienza con la presentación de una solicitud ante el juez competente. Esta solicitud puede ser presentada por algún familiar o heredero que tenga interés en la sucesión.
    Esta solicitud se hace por escrito, lo recomendable es que se haga a través y con la asesoría de una abogada especialista en la materia, existen elementos y requisitos de fondo y forma que se tienen que cubrir, de otra manera, nuestro juicio puede quedar inactivo y estancarse en la etapa inicial.
  2. Acreditación de la defunción: Se debe presentar el acta de defunción del fallecido para comprobar su muerte.
  3. Inventario de bienes y deudas: Los herederos deben proporcionar un inventario detallado de los bienes y deudas del fallecido. Este inventario es esencial para la distribución equitativa de los activos.

    El inventario presentado debe de contener todas y cada una de las cosas que pretendemos entren en la repartición de bienes, por lo que este paso, es sumamente esencial para nuestro juicio, si existen bienes que no entraron en éste inventario y posteriormente pretendemos repartirlos, se tendrá que dar aviso al juez en juicio distinto.
  4. Nombramiento de un albacea o representante legal: En algunos casos, se designa a un albacea para administrar y distribuir los bienes de la sucesión de acuerdo con la ley y las instrucciones del juez.

    El albacea es una figura legal que desempeña un papel importante en el ámbito sucesorio. Su función principal es administrar y ejecutar las disposiciones testamentarias dejadas por una persona fallecida. El albacea es designado por el testador en el testamento, y su nombramiento suele ir acompañado de ciertas responsabilidades y poderes legales.

    Las responsabilidades típicas de un albacea incluyen:
  • Inventario y valuación de bienes: El albacea tiene la tarea de recopilar un inventario detallado de los bienes del fallecido y, en algunos casos, también de valuarlos. Esto es esencial para determinar el valor de la herencia y facilitar su distribución entre los herederos.
  • Pago de deudas y gastos: El albacea puede ser responsable de saldar las deudas pendientes y los gastos funerarios utilizando los activos de la herencia. Esto se realiza antes de la distribución de los bienes a los herederos. Este pago incluye también, el pago de Alimentos y/o Pensión alimenticia, de haber deudor alimentario del fallecido.
  • Distribución de bienes: Siguiendo las instrucciones del testamento, el albacea se encarga de distribuir los bienes entre los herederos designados. Esto implica asegurarse de que cada heredero reciba la porción correspondiente según lo estipulado en el testamento o según lo estipulado por el Juez cuando es un juicio intestamentario.
  • Comparecencia ante autoridades judiciales: El albacea puede tener la obligación de comparecer ante las autoridades judiciales y proporcionar informes periódicos sobre el estado de la sucesión. Esto es especialmente relevante en el contexto de un juicio testamentario o intestamentaria.
  1. Notificación a herederos y acreedores: Se notifica a los posibles herederos y a los acreedores sobre el inicio del juicio intestamentario. Esto les brinda la oportunidad de presentar sus reclamaciones.

    El aviso a los posibles herederos tendrá que cumplir los requisitos de ley, se manda llamar a los herederos y acreedores por escrito a través de documento oficial del tribunal superior de justicia del estado, a través de actuario y otorgándoles la información necesaria para que puedan acudir al juzgado donde se esta llevando a cabo el juicio. 
    Parte de los requisitos de ley, es que se le de publicidad a la apertura de este tip de juicios, con la intención de que cualquiera que tenga un interés real y legitimo.

  2. Notificación a herederos y acreedores: Se notifica a los posibles herederos y a los acreedores sobre el inicio del juicio intestamentario. Esto les brinda la oportunidad de presentar sus reclamaciones.

    En esta etapa se verifica la veracidad y el peso de cada documento, avaluo y prueba presenta con anterioridad o presentada en la etapa misma.  Un punto importante en este paso es que, se tiene que tomar en cuenta que todos los bienes tienes que ser cuantificados por un avaluo, mismo que tiene que realizar un experto en la materia, por lo tanto se tiene que presentar, por escrito, dicha valuaciones a través de documentos ya sea oficiales o con los sellos correspondientes.  Lo anteriormente dicho, conlleva un gasto económico importante, por lo que tenemos que tomarlo en cuenta cuando abramos este tipo de juicios.  Serán las partes, los herederos, quienes tendrán que solventar todos estos gastos y después podrán impactar los montos en la masa hereditaria.
  3. Distribución de bienes: Una vez resueltas las disputas y cumplidos los requisitos legales, el juez procede a la distribución de los bienes de acuerdo con las leyes de sucesión intestada.

PUEDO HEREDAR SIN ESTAR CASADA (O)

  1. Cierre del juicio: Finalmente, el juez emite una sentencia que declara cerrado el juicio intestamentario, indicando la forma en que se distribuirán los bienes y liquidarán las deudas.

    Se heredan los bienes, pero también las deudas, es decir, con la misma masa hereditaria se le tendrán que pagar a los acreedores que el difunto tiene, estos pueden ser acreedores alimentarios, comerciales o industriales, deudas bancarias, deudas hipotecarias, etc.  En este momento del juicio, también ya tendrían que estar notificados todos y cada uno de los acreedores para que puedan entrar a la repartición y el pago de su deuda pueda ser tomado en cuenta cuando la masa hereditaria sea repartida.